viernes, 16 de noviembre de 2007


El Periódico Hoy de fecha 6 de Noviembre del corriente año, publicó un artículo bajo la firma de la periodista Leonora Ramirez, titulado: Sugiere cambiar fecha sobre Constitución. M e pareció interesante reflexionar sobre lo que sugiere el prestigiso catedratico sociologo Jose Antinoe Fiallo, atinadamente nuestro profesor de Historia tiene la razon y él señala los siguientes:
a) Que la fecha mas apropiada para la celebración de la Constitución es la del 19 de Febrero de 1858 en Moca, por que representa las legislaciones liberales que se han elaborado en nuestro pais. y no la proclamada el 6 de Noviembre de 1844, la primera que se aprobo a partir de la formación de la Republica Dominicana, fue el resultado de la persecución de los Trinitarios y del establecimiento del articulo210 que le da poderes supremos al jefe de Estado.

El profesor Fiallo prosigue diciendo que es una vergüenza haber escogido esa fecha.

Con el permiso de la periodista Leonora Ramirez S. y el Periodico Hoy, les pedimos el favor de dejarnos publiciar este documento que para Saberes Permanentes es de gran interes que los estudiantes que cada dia nos prestigian con su lectura, puedan apreciar el texto completo. Gracias.


Sugiere cambiar fecha sobre Constitución

POR LEONORA RAMÍREZ S.


El sociólogo José Antinoe Fiallo, consideró ayer que para celebrar el Día de la Constitución debió escogerse una fecha que representase a las legislaciones liberales que se han elaborado en el país, como la que se proclamó en Moca el 19 de febrero de 1858.

Fiallo entiende que la Constitución del 6 de noviembre de 1844, la primera que se aprobó a partir de la creación de la República Dominicana, fue el resultado de la persecución de los Trinitarios y del establecimiento del artículo 210 que le da poderes supremos al jefe del Estado.

“Es una vergüenza haber escogido esa fecha”, expresó a propósito de la celebración del 163 aniversario de la Constitución aprobada en San Cristóbal.

“De una u otra forma, esa herencia de centralización en la Carta Magna es un mensaje de que no hay el reconocimiento del protagonismo de las comunidades, ni de los sujetos que se supone deben ser considerados como ciudadanos.

“La Constitución que tenemos vigente, y los criterios que se quieren utilizar supuestamente para reformarla, son herederos de esa legislación que tiene una grave confusión en los conceptos de nacionalidad y ciudadanía”, dijo.

Planteó que, desde el punto de vista sociocultural, se mantiene una concepción de discriminación. Agregó que como esos esquemas conservadores se han reciclado desde 1844, no hay perspectiva de que se produzca una transformación que permita que la gente se apropie de su destino.

De ESPALDAS

“La Constitución no le importa a nadie”, dice Fiallo al lamentar que el ciudadano esté de espaldas a la legislación que contiene sus derechos y deberes, lo que considera sumamente grave.

Manifestó que una de las causas de ese desinterés es que en su redacción sólo está plasmado el lenguaje jurídico-político, pero no toca el sentimiento.

Pero, a su juicio, no es casual, porque en la redacción de los textos constitucionales siempre predomina la coalición de políticos y juristas de las élites.

“Además, el lenguaje jurídico es poderoso en la cultura dominante, y en lo que se refiere a la utilización de conceptos que pueden ser interpretados para ser manejados a conveniencia de ciertos grupos.

“Es un error considerar que sólo los abogados tienen que redactar las normas, porque estas son expresiones socioculturales, por lo que deben participar sociólogos, antropólogos, filósofos, pedagogos, y abogados”.

Asimismo, añadió que esa modalidad de redacción, que muchas veces tiene elementos contradictorios, le permite a determinados sectores moverse en la interpretación.

TEXTO Y PRÁCTICA

De acuerdo con Fiallo, en la Constitución dominicana existe una contradicción entre el texto y la práctica desde la perspectiva del ciudadano y de la clase política.

Puso como ejemplo el artículo 100, en el que se condena “todo tipo de privilegio y toda situación que tienda a quebrantar la igualdad de todos los dominicanos”.

Pero los congresistas y otros servidores públicos se aumentan los sueldos, o se les da en el sistema político una exclusiva participación a dos o tres partidos.

“Hay cosas que se escriben para decir que está ahí, pero como la realidad del manejo político tiene que vulnerar eso, se establece una especie de cultura de vulneración aceptada, no va a haber privilegios pero se supone que tu no debes tener las condiciones para que una inundación se lleve tu casa”.

Datos

La Constitución dominicana se ha modificado 37 veces en 163 años. Pero la primera se elaboró como parte de las disposiciones de la Junta Central Gubernativa, que se creó luego de la Independencia.

El 24 de julio de 1844, esta instancia emitió un decreto convocando a las comunidades a elegir a los asambleístas que debían redactar la nueva Constitución de la República.

Los diputados constituyentes se reunieron en San Cristóbal, desde el 21 de septiembre de 1844.

Los constituyentes eran Buenaventura Báez, Vicente Mancebo, Andrés Rosón, Antonio Gimenes, Manuel González Bernal, José Valverde, Manuel Díaz, Juan Acosta, Julián Aponte, José Mateo Perdomo, Casimiro Cordero, Juan Reynoso, Juan P. Andujar, Facundo Santana, Santiago Suero, Fernando Salcedo, Manuel Abreu, entre otros.

El 6 de noviembre proclamaron el texto que le dio fundamento jurídico a la República Dominicana.



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